Derecho a Fotografiar versus Privacidad

Derecho a Fotografiar

En primer lugar, analicemos los problemas con los que un fotógrafo se puede topar a la hora de fotografiar. Las dos principales restricciones legales son la privacidad y la seguridad nacional, pero subyacen limitaciones religiosas y culturales que en ciertos países son tan o más importantes que las primeras. La ley varía entre países. En estados Unidos, por ejemplo, se puede fotografiar cualquier propiedad que esté en un espacio público o (muy importante) que sea visible desde un espacio público. Así, se pueden fotografiar las casas que se ven desde una calle, pero no se tiene derechoa usar las fotografías. Entrar en una propiedad privada para fotografiar constituye allanamiento de morada. En Estados Unidos los edificios construidos después del 1º de diciembre de 1990 están protegidos por copyright, aunque ello no impide fotografiarlos si se cumplen todo el resto de las normas.

Es importante distinguir entre el derecho a fotografiar y el derecho a usar las fotografías. Por ejemplo, pensemos en las obras de arte de una colección privada. A menos que el artista la haya cedido, la propiedad intelectual de sus obras sigue siendo suya, de modo que necesitará el permiso del propietario de la obra para fotografiarla y el del artista o el de su representante para usar la fotografía.

El derecho a fotografiar a personas depende de las leyes de privacidad de cada país o estado (es aconsejable consultarlo de antemano). La mayoría de los países carecen de una ley bien definida al respecto. Pero en general no tienen porqué plantearse problemas legales en un espacio público. Puede haber, eso sí, restricciones culturales, como la prohibición de fotografiar a mujeres en una nación islámica fundamentalista.

La seguridad nacional limita el derecho a hacer fotos. Lo más habitual es no poder fotografiar nada relacionado con el ejército, y hacerlo en ciertos países (como Grecia, China o Irán) puede tener consecuencias desagradables. Antes de viajar, consulte las limitaciones de su lugar de destino. En la India, por ejemplo los puentes se consideran estratégicos.

Copyright

El copyright es el conjunto de derechos de reproducción que tiene sobre una fotografía su propietario, y entre ellos figura el derecho a usarla de ciertas formas y a impedir que otros lo hagan. Dentro de esta amplia definición se incluyen muchos matices concretos, que varían en función de cada país. La cuestión de la jurisdicción es muy relevante: aunque muchos fotógrafos se guían por la ley de la propiedad intelectual de su país, el copyright también se puede registrar en otros países (como pasa en la oficina de Copyright de Estados Unidos por los motivos que se indican mas adelante). Dado que Estados Unidos es uno de los principales mercados de fotografía, muchas veces se dan consejos generales basados en su normativa, pero es importante ser consciente de cuál es la ley de la propiedad intelectual que afecta a cada cual. Los derechos básicos suelen incluir los de reproducción, exposición pública y distribución de copias y derivados. Algunos países distinguen entre derechos económicos (obtención de ingresos mediante fotografías) y morales (que identifican a un creador y lo protegen ante cualquier alteración o destrucción de la imagen).

Para tener copyright, una obra debe cumplir dos requisitos: ser tangible y original. Eso engloba otras obras creativas, como pinturas, esculturas y escritos. Tangible: la obra debe estar fijada de algún modo, sea en papel, película o archivo digital. Puede parecer obvio, pero lo que se intenta es evitar que se registren ideas. El hecho de pensar en hacer una fotografía, de comentar la idea con alguien o inclu8so de hacer un boceto no da ningún derecho sobre ella. Se suele creer, erróneamente, que se pueden registrar ideas. En algunos países, incluido Estados Unidos, existe una crucial distinción práctica entre obras publicadas y obras sin publicar. Una obra publicada implica que el público ha tenido la oportunidad de verla, que se ha distribuido o puesto a su disposición de algún modo.

La Ley de propiedad intelectual estadounidense ha mejorado notablemente en los últimos años, para bien de los fotógrafos. Con la ley original, el copyright sólo era válido durante 56 años a partir de la fecha de publicación o registro (la primera de ellas), o no se aplicaba. Ese período se aplió en 1.976 hasta 50 años después de la muerte del creador, y en 1.989 se definió hasta 50 años dela creación de la obra, aunque no estuviera registrada. Con todo, el registro es un factor legal importante en los Estados Unidos: da derecho areclamar sanciones penales y recupera la minuta de los abogados, mientras que sin él sólo se pueden reclamar compensaciones por daños reales demostrables.

Dada la naturaleza pleiteadora de la sociedad estadounidense, el país tiene leyes, incluida la del copyright, cuyo inmcumplimiento con lleva duras sanciones. Por eso muchos fotógrafos deciden registrar sus imágenes en la oficina de copyright estadounidense. Hay varias formas de hacerlo. Consulte el sitio http://www.loc.gov/copyright/fedreg (la página contiene además abundante información general sobre la cuestión).Puede presentar varias solicitudes de una vez. Cuando se presentan fotografias digitales se suele hacer en distintos CD con muchas imágenes, diferenciando bien entre las publicadas y sin publicar.

Tenga cuidado con la transferencia de copyright y las obras por encargo. El copyright es un valor en compraventa. El de una imagen se puede transferir a otra persona, pero ¿en qué circunstancias? Puede ocurrir que así lo estipule una cláusula del contrato con el cliente (tenga en cuenta que si le pasa por alto perderá los derechos de su imagen, durante 35 años según la ley de Estados Unidos). Una obra por encargo exiswte automáticamente en cuanto un empleado toma una foto para un empleador o cuando una fotografía está estipulada en un contrato, de modo que el autor nunca posee los derechos de reproducción de la imagen. Si acepta la cláusla de encargo, la tarifa que cobre reflejará esta pérdida del copyright.

Derecho de Uso

Aunque el copyright determina la propiedad de la imagen, no da derecho automático a publicarla de cualquier manera,. En un entorno comercial dominado por la venta deimágenes de archivo, lo que la mayoría de los fotógrafos necesita es tener derechoa usar sus imágenes con libertad y no sólo poseer el copyright. El contenido de la fotografía puede estar sujeto a otros derechos y restricciones que hay que conocer si se pretende vender los derechos de reproducción. Eso se debe a que ciertos temas también están sujetos a las leyes de copyright, como hemos apuntado antes. Reviste particular importancia en materias como las bellas artes: fotografiar una escultura en un parque NO da derecho a vender la imagen con fines comerciales. Para hacerlo se requiere de una cesión de derechos de imagen.

En términos de destino, la diferencia primordial se establece entre uso comercial y uso editorial. Grosso modo, en la mayoría de los países se puede publicar con fines editoriales y periodísticos (cobrando) cualquier fotografía sin contenido obsceno (que es una cuestión legal aparte), amparándose en la libertad de expresión y el interés público. Eso se conoce como “uso legal”, pero deja un amplio margen a la intepretación y conviene no dejarse llevar por un exceso de confianza. Existen salvedades notables como las leyes de privacidad (muy estricta y vigilada en Francia, por ejemplo), pero lo importante es que si la publicación de una fotografía difunde información, el sujeto de la imagen tiene poco que decir en el asunto. Por supuesto, este es un terreno de arenas movedizas, que difiere de un país a otro. En cambio, el uso comercial o “con fines lucrativos” implica usar la imagen para vender un producto, por ejemplo en publicidad, y requiere contar con el permiso de las personas reconocibles que aparecen en ella. Esto es importante porque si vende los derechos de reproducción de una fotografía (una parte importante de la industria fotográfica) con fines comerciales, cobrará un precio muy superio a si lo hace con fines editoriales. Garantizar la obtención de permisos es clave para el éxito comercial de la venta de fotografías de archivo, como lo explican todas las agencias hasta la saciedad a sus colaboradores.

Las cesiones permiten comerciar mejor con las imágenes. Si fotografía a personas y propiedades privadas, necesitará cesiones firmadas para registrar las imágenes con fines comerciales, categoría que incluye muchas ventas. Una cesión de derechos de imagen de una propiedad permite explotar comercialmente la fotografía sin incurrir en invasión de la propiedad.

No olvide que las leyes cambian, tómese este capítulo como una mera guía. Piense en quién y dónde va a vender sus imágenes y qué jurisdicción se aplica.

Términos y Condiciones (con el cliente)

Este es el último paso crucial para la entrega comercial de imágenes. Adjunte a cada una que envíe un documento (en papel y archivo digital de texto léame) que resuma los derechos limitados que ofrece y le proteja ante cualquier uso indebido de la fotografía. No existe un modelo único, pero a mí este documento me ha funcionado durante muchos años:

(Nombre del Fotógrafo)

Términos y Condiciones

Las fotografías digitales que se adjuntan a este documento se ponen a su disposición con las siguientes condiciones:

1.- La aceptación de la entrega supone la aceptación de los siguientes términos

2.- Queda prohibida la transferencia o cesión de este acuerdo o de los derechos que mediante él se confieren sin previo consentimiento por escrito por parte de

3.- Sólo se autoriza el uso acordado entre y el firmante de este documento. Queda prohibido el uso posterior de las imágenes, de este o cualquier otro modo.

4.- El cliente se compromete a destruir todas las copias de las imágenes. En el caso de que las imágenes entregadas en un soporte físico, como un disco CD o DVD, el abajo firmante se obliga a destruir dicho soporte.

5.- A menos que se especifique lo contrario por escrito, la imagen no va acompañada de ninguna cesión de derechos de imagen de personas o propiedades ni de ninguna otra cesión. En caso de usar una fotografía para la que no se requirió ni firmó ninguna cesión de derechos de imagen, el cliente se compromete a indemnizar a si hay alguna reclamación o gastos derivado de su uso.

6.- A menos que se haya acordado otra cosa con antelación, esta entrega es SÓLO PARA SU VISUALIZACIÓN. Las imágenes no pueden ser reproducidas, copiadas, proyectadas, tranferidas a soportes electrónicos o usadas de ningún modo sin (a) la aprobación expresa de estos términos y (b) el pago del importe total de la factura. En caso de darse a las fotografías cualquier uso no acordado con anterioridad el cliente abonará el doble de la tarifa normal aplicada para dicho uso.

7.- El cliente se compromete a proteger el copyright en todo momento. Los créditos y acompañarán todos los usos de la imagen (no es necesario adjuntar la nota del copyright)

8.- Las facturas se abonarán en los treinta (30) días siguientes a su presentación. Se cargarán a los pagos realizados fuera de ese plazo los máximos intereses. Mediante el presente contrato el cliente acepta pagar todos los costes y tasas legales que puedan derivar de la pérdida, el deterioro o la destrucción del material.

9.- En el supuesto de que ninguna de estas fotografías se seleccionara para su uso, se abonará una tarifa de 65 dólares estadounidenses más gastos de envío.

10.- Cualquier conflicto derivado de esta entrega estará regido y se interpretará según las leyes de . Las partes se obligan a someterse a la jurisdicción de los tribunales de .

Advertencia – Protección del Copyright: Estas fotografías están porotegidas por la ley de la propiedad intelectual. Su uso fuera de estos términos y condiciones constituye una infracción legal. Si desea modificar las condiciones o dar otro uso a las imágenes solicite el consentimiento previo por escrito. En caso de no estar conforme con este acuerdo, le rogamos que nos lo notifique en 48 horas, de otro modo, el acuerdo se considerará correcto.

Formularios de Cesión de Derechos

Una forma de protegerse frente a cualquier problema legal al hacer un uso comercial de una fotografía es poseer una cesión firmada (una cesión de derechos ede imagen de un modelo o una propiedad). Firmados, estos documentos constituyen permisos garantizados que la persona o el propietario le otorgan para usar la imagen con fimes comerciales. Recuerde que para uso personal o editorial no suele hacer falta ninguna cesión. Estas cesiones son para fines comerciales, como publicidad o archivos fotográficos. En estos últimos, en el dorso de cada fotografía se indica mediante siglas el estado de cesión que la afecta.

CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN DE UN MODELO ADULTO (VERSION REDUCIDA)

A Cambio de la remuneración recibida, concedo a ________________________ permiso para usar mi nombre y mi fotografía en cualquier medio y forma para publicidad, comercialización y otros fines legales.

Nombre y Apellido en mayusculas: ____________________________________

Firma: ______________________________

Fecha: ___/___/___

(si el modelo es menor de 18 años) Yo, ________________________ padre/tutor legal de la persona cuyo nombre se indica arriba, he leido esta cesión y acepto sus términos.

Nombre y Apellido en mayusculas: __________________________________

Firma: _______________________________

Fecha: ___/___/___


Ley de Derechos de autor 1328/98 y decreto reglamentario Nº 5159/99 (Paraguay):

http://www.mic.gov.py/?option=com_content&task=view&id=89&Itemid=156

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